Decreto fija un año para que la Gestora inicie actividades en las pensiones de jubilación
El Decreto Supremo 4585, emitido el 15 de septiembre, establece el plazo de un año para que la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo inicie sus actividades de forma parcial en la administración de los Regímenes Contributivo y Semicontributivo del Sistema Integral de Pensiones, y de manera total en un tiempo no mayor a 20 meses.
