BUSCA EVITAR ESTAFAS
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Decreto 4732: Silva asegura que se aplica sólo en contratos de ‘preventa’ de inmuebles

Según el viceministro, se pretende evitar cláusulas abusivas. Foto de archivo.

El viceministro de Defensa del Consumidor, Jorge Silva, aclaró que el Decreto Supremo 4732 se aplica para proveedores de bienes inmuebles en la modalidad de “preventa” y no afecta a otras personas que quieren hacer transacciones con sus propiedades.

Dicho Decreto establece que el Ministerio de Justicia certifique los contratos respectivos, para verificar que no contienen clausulas abusivas.

“Están obligados a dar cumplimiento a esta disposición los proveedores, que son las personas que te ofrecen un terreno, un departamento, una casa, un parqueo o una tienda en preventa. Ellos tienen la obligación de hacer certificar que ese contrato de preventa no tiene cláusulas abusivas”, dijo Silva en el programa La Mañana en Directo de ERBOL.

En los últimos días se registraron movilizaciones, que rechazan el Decreto 4732 bajo el argumento de que obligaría a pedir permiso del Ministerio de Justica para realizar la venta de cualquier bien inmueble.

El viceministro Silva recalcó que la intención del Decreto es proteger a los consumidores en esa modalidad de preventa o de reserva de propiedad.

Recordó que se ha tomado esa iniciativa luego de casos como de las “Loritas” en La Paz, donde empresarios han incurrido en clausulas abusivas en los contratos con sus clientes.

Por ejemplo, mencionó que por contrato se impedía a los clientes transferir su propiedad antes de terminar de pagarla, aunque ya no tenga la posibilidad de cumplir las cuotas. En ese caso, la empresa se quedaba con el dinero ya pagado por el cliente, además del inmueble.    

Silva señaló que politiqueros están promoviendo marchas en contra de este decreto sólo con el objetivo de desestabilizar al Gobierno, pero en realidad lo que hacen es proteger las estafas en las preventas.

Desafió a encontrar una sola persona que, en los dos años de vigencia del decreto, se le haya obligado a pedir permiso al Ministerio de Justicia para vender su propiedad. 

“Entonces, este cumplimiento obligatorio específicamente es para los proveedores de reitero de bienes inmuebles bajo la modalidad de la preventa, no está obligada otra persona a cumplir con esta disposición”, recalcó.