HIDROELÉCTRICA IVIRIZU
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Defensoría identifica vulneraciones laborales en proyecto a cargo de empresa china

Condiciones en que habitan obreros. Foto: Defensoría del Pueblo.

La Defensoría del Pueblo evidenció vulneraciones a la normativa laboral que afectan a trabajadores del Proyecto Hidroeléctrico Ivirizu, que está a cargo de la empresa china Sinohydro Corporation Limited y que se ubica en la Provincia Carrasco del departamento de Cochabamba. Pero además denunció que Jefatura Departamental de Trabajo permite la existencia de subcontratación y tercerización de parte de esa compañía.

Además de la subcontratación y tercerización, la Defensoría evidenció que la alimentación que reciben los obreros es insuficiente, pues no guarda relación con el esfuerzo físico que despliegan y no reúne las condiciones nutricionales adecuadas, aspecto que se agrava ante la pandemia del COVID-19. 

También el informe respectivo señala que las viviendas de los obreros no reúnen las condiciones mínimas de habitabilidad, pues, por ejemplo, en los dormitorios precarios que miden 4x5 aproximadamente duermen 10 personas en promedio y lo hacen en ‘payasas’, que se encuentran en el piso lado a lado y sin medidas de bioseguridad.

Además, menciona que el campamento carece de cámaras de desinfección y la fumigación no es permanente. 

Los instrumentos de trabajo que se les dota a los trabajadores, como palas, picotas, mezcladoras de cemento y otros, son insuficientes y de uso común, y tampoco son desinfectados para su utilización. La ropa de trabajo y equipos de protección personal que se les dota no son los adecuados, debido a que sólo se les da de forma mensual botas, ponchos, guantes y barbijos, pero no overoles de trabajo, gorras, máscaras faciales ni desinfectantes de manos, señaló la Defensoría.

La situación se agrava porque en el campamento del Grupo 1 no existen servicios de salud ni botica de primeros auxilios con medicamentos esenciales para los “subcontratados o terceristas”, con lo que no tienen acceso a la atención básica en caso de accidentes de trabajo o enfermedades, como el COVID-19, agrega el informe.

Respecto a las subcontrataciones, las Defensoría indicó que se ha constatado la existencia de seis empresas “contratistas” que subcontratan a un aproximado de 120 personas en calidad de “subcontratadas o terceristas”.

Estos trabajadores realizan labores de construcción y mecánica, así como de señalización en el camino, en condiciones laborales inadecuadas y sin las medidas de bioseguridad necesarias ante la pandemia del COVID-19. Ninguno cuenta con un contrato de trabajo y reciben un pago Bs 87 por jornal diario, sin derecho al seguro social obligatorio ni realizan aportes a las administradoras de fondos de pensiones (AFP), señala.

El Asesor Legal de la empresa Sinohydro reconoció que a través de los contratos que suscriben con los “contratistas” permiten la “subcontratación y tercerización” de trabajadores, y que no supervisaron ni fiscalizaron el cumplimento de la normativa sociolaboral y de bioseguridad de ese grupo de subcontratados, según el informe.

La Defensoría también evidenció que Jefatura Departamental del Trabajo no tomó acciones en contra de esta situación, pese a que conoció denuncias de los representantes de los trabajadores y realizó una inspección a los campamentos de esta compañía. 

En ese marco, la entidad defensorial recomendó al Ministerio de Trabajo y Previsión Social investigar y emitir las sanciones que correspondan, además de precautelar el respeto de los derechos laborales de los trabajadores “subcontratados o terceristas”.