EN LA CUARENTENA
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Piden evitar que feminicidas y violentos salgan libres aprovechando la coyuntura

Foto ilustrativa.

Instituciones, abogados, organizaciones, activista y redes de defensa de derechos solicitaron este jueves a través de un pronunciamiento que se excluyan los delitos de feminicidio, violencia contra las mujeres, las niñas y niños, adolescentes y todo tipo de violencia intrafamiliar, en las medidas de cesación a las detenciones preventivas durante el estado de emergencia por la cuarentena.

El pronunciamiento surge después de que el Tribunal Supremo de Justicia emitió un circular en el cual señala que, en la cuarentena, los jueces y vocales deben resolver solicitudes de cesación a la detención preventiva y que las audiencias deben realizarse de manera virtual por videoconferencia.

Las organizaciones firmantes del pronunciamiento manifiestan que se encuentran “susceptibles que con dicha circular se aproveche la coyuntura para que posibles feminicidas, infanticidas y violadores adquieran su libertad, incluso con condenas en primera y en algunos casos segunda instancia de forma irregular”.

Asimismo, califican como “un exceso pretender que las víctimas cuenten con tecnología de última gama, cuando bien sabemos en su mayoría ni siquiera tienen los mecanismos de sobrevivencia, no tienen los recursos ni la formación suficiente para este tipo de mecanismos”.

Recuerdan a las autoridades que hay familias de extrema pobreza que no cuentan con recursos económicos ni para solventar los gastos de un proceso penal, “es por ello que nuestras instituciones les están patrocinando gratuitamente”

Advirtieron que tampoco es posible pretender que ante la ausencia de mecanismos tecnológicos la fiscalía, las víctimas y sus abogadas tengan que exponerse a la pandemia, corriendo riesgo de contraer virus Covid-19 para asistir a audiencias.

Las organizaciones compuestas por juristas argumentan que tampoco se puede hablar que se tratará peticiones de cesación a la detención preventiva por cumplimiento del plazo otorgado para la investigación, dado que los los plazos procesales han sido suspendidos hasta el 15 de abril.

Por dichas causas, las instituciones de defensa de los derechos de las víctimas, solicitaron la modificación y/o complementación de la circular del TSJ “excluyendo la aplicación de dicha circular en los delitos de feminicidio, violencia intrafamiliar, infanticidio y violencia sexual a niño, niña, adolescentes y mujeres, privilegiando la seguridad y protección efectiva por parte del Estado a las víctimas de violencia de género y dando cumplimiento de manera estricta a la normativa vigente”.