JUICIO SE REACTIVA ESTE LUNES
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Caso ‘Golpe de Estado II’: Fiscalía pide 15 años de cárcel para Jeanine Añez

Foto: Fiscalía.

(Con información de la Fiscalía)

El Fiscal General del Estado, Juan Lanchipa Ponce, informó hoy que la Comisión de Fiscales que investiga el caso denominado “Golpe de Estado II” pedirá 15 años de cárcel para la señora Jeanine Añez por los delitos de Incumplimiento de Deberes y Resoluciones Contrarias a la Constitución y a las Leyes.

“La Comisión de Fiscales ha trabajado de manera intensa todos estos días y ya tiene preparada la presentación de los alegatos finales en la audiencia señalada para el día de hoy donde el Ministerio Público solicitará al Tribunal de Sentencia la pena de 15 años para la señora Jeanine Añez”, sostuvo Lanchipa.

También explicó que el recurso presentado por la defensa de la señora Añez ante el Tribunal Constitucional Plurinacional no tiene efecto suspensivo “el recurso de queja establece que el Tribunal de Garantías no hubiese dado cumplimiento a alguna sentencia constitucional y es por eso que se genera este recurso ante el TCP, pero entendemos nosotros y, como es de conocimiento público, no ha acontecido esta situación además que procesalmente no corresponde, por ello este recurso de queja no tiene un efecto suspensivo que pueda paralizar la continuación del juicio”, dijo.

En la acusación emitida por el Ministerio Público se presentaron más de 70 pruebas que están debidamente codificadas, casi una veintena de declaraciones testificales que indican que la señora Añez hubiera adecuado su conducta al tipo penal previsto en el artículo 153 del Código Penal que es Resoluciones Contrarias a la Constitución y las Leyes, además de haber adecuado su conducta al artículo 154 del mismo cuerpo normativo por Incumplimiento de Deberes.

Los hechos que se investigan en los casos denominados “Golpe de Estado I” y “Golpe de Estado II” tienen que ver con las acciones atribuidas a la señora Jeanine Añez antes de su autoproclamación como Presidenta del Estado Plurinacional de Bolivia, es decir, antes de que use la banda presidencial, por ello no se adecúa a la jurisdicción y competencia que establece la Ley Nº 044.

Durante el acercamiento con la prensa, el Fiscal General del Estado evitó emitir juicios de valor o criterios respecto al caso debido a que la instancia llamada por Ley para determinar conclusiones, sentencias o resoluciones finales es la autoridad jurisdiccional, en este caso los miembros del Tribunal de Sentencia.