Ministerio de Economía anuncia que alza salarial en empresas públicas será en base al Decreto 2348
El Ministerio de Economía, mediante comunicado, informó que el incremento salarial en las empresas públicas se determinará en base a lineamientos establecidos por el Decreto Supremo 2348 de 2015, el cual fue emitido para este ámbito.
“El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas informa que el aumento salarial del 3% al haber básico, en el caso de las empresas públicas y empresas en las cuales el Estado tiene mayoría accionaria, será en base a los lineamientos establecidos en el Decreto Supremo N°2348, de 1 de mayo de 2015, como sostenibilidad financiera de su flujo de caja, utilidades y otros”, dice el comunicado emitido este viernes.
La aclaración surge después de que el ministro Marcelo Montenegro indicó que el incremento al haber básico del 3% no sería para las empresas públicas. “El acuerdo ha sido claro en términos de que empresas públicas y otras entidades del gobierno central no van a recibir el incremento en su haber básico. Solamente es para el sector de salud y educación”, dijo la autoridad el jueves a ERBOL.
El Decreto 2348 indica que el porcentaje de incremento salarial en empresas públicas el incremento salarial no podrá ser superior al aprobado anualmente para el sector público, de acuerdo a la utilidad neta y disponibilidad financiera de cada entidad.
Para tener el incremento salarial, según esta norma, las empresas deben demostrar aspectos como la sostenibilidad financiera en su flujo de caja y haber generado utilidad la gestión anterior.
También establece que el incremento salarial deberá ser financiado con ingresos generados en la operación del giro del negocio, no debiendo implicar: ajuste en los precios de los productos o servicios prestados ni uso de transferencias por subvenciones, fideicomisos, aportes de capital del Tesoro General.