Vuelven las actividades bajo nuevos horarios en sector público y privado
El Ministerio de Trabajo difundió este domingo una resolución ministerial regulando los nuevos horarios de las actividades del sector público y privado, durante la vigencia de la cuarentena dinámica que rige desde este lunes en algunas ciudades capitales y ciudades intermedias siempre que no se encuentren en la categoría de riesgo alto.
La instrucción señala que en las ciudades de riesgo alto las actividades públicas y privadas se mantendrán bajo las restricciones aplicadas durante la cuarentena rígida. En condiciones de riesgo medio, las actividades se desarrollarán en horario continuo de seis horas de lunes a viernes, entre las 05:00 y 18:00 horas.
En las ciudades o municipios de riesgo moderado, las actividades se desarrollarán en horario continuo de ocho horas de lunes a viernes, entre las 05:00 y 18:00 horas. Las actividades de las Fuerzas Armadas y Policía Boliviana están sujetos a la jornada laboral y horarios determinados por su normativa.
Establece que el horario de ingreso y salida para funcionarios de entidades públicas, entidades territoriales autónomas y personal de empresas privadas será escalonado y dividido en grupos con espacios de media hora de diferencia. En ambos casos recomiendan observar normas de bioseguridad evitando aglomeraciones.
El horario de ingreso del sector público se realizará a partir de las 07:00 y su cumplimiento fue encomendado a las unidades de recursos humanos de cada entidad. Las gobernaciones y alcaldías fijarán el ingreso de salidas laborales en sus dependencias.
Para el sector privado, las gobernaciones y alcaldías regularán el horario de ingreso y salida según sus jurisdicciones y cada normativa que emitan sobre esta materia, deberán enviar ante la Jefatura Departamental de Trabajo donde se haga conocer el horario de la jornada laboral para cada semana, así como los horarios fijados para el sector público de su jurisdicción. Ambos sectores pueden implementar la modalidad del teletrabajo.
Igualmente están obligados a cumplir las medidas de bioseguridad que serán supervisadas por la Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional y la Dirección General del Servicio Civil, así como las jefaturas departamentales y regionales dependientes del Ministerio.