TCP rechazó consultas presentadas por Añez contra leyes de alquileres y de donación de plasma
El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) decidió rechazar las consultas previas que presentó la presidente Jeanine Añez objetando las leyes de descuento en pago de alquileres y de donación de plasma.
Añez había solicitado que el TCP revise ambas normas, previas a ser promulgadas, para verificar si están acordes a la Constitución Política del Estado, sin embargo, el Tribunal rechazó admitir los dos pedidos.
El argumento del TCP es que, de acuerdo con el Código Procesal Constitucional, la Presidenta del Estado sólo tiene legitimidad activa para realizar la consulta cuando la ley en cuestión es iniciativa del Órgano Ejecutivo, sin embargo, las normas sobre alquileres y donación plasma se tramitaron desde el Legislativo.
La ley de alquileres dispone reducir en 50% el pago del canon de alquiler durante la emergencia sanitaria, de manera retroactiva desde el 17 de marzo. Al respecto, Añez había objetado que la norma no puede ser retroactiva y que perdonar el 50% del alquiler lesiona los derechos fundamentales económicos.
Por otro lado, la ley de donación de plasma, regula esa actividad altruista y permite incentivos, sin embargo, la mandataria observó aspectos como la falta de adecuación a otras normas, ambigüedad y el hecho de que plantea las medidas de manera temporal, cuando debería ser permanente.
El TCP no se pronunció sobre los argumentos de Añez, puesto que las consultas fueron rechazadas en comisión de admisión sin entrar a analizar el fondo del asunto.
Los autos constitucionales de rechazo tienen fecha de 23 de julio y 5 de agosto, respectivamente, sin embargo, recién fueron conocidos.
El senador Omar Aguilar, que difundió los documentos del TCP, indicó que con estas decisiones se ratifica la constitucionalidad de la promulgación que hizo la presidenta en ejercicio de la Asamblea, Eva Copa, de ambas normas.
Copa promulgó el jueves dichas leyes, además de la norma para la atención en clínicas privadas. La senadora argumentó que se había procedido con la promulgación desde la Asamblea, debido a que Añez no había respondido en el plazo previsto por Constitución para promulgar las normas.