INSTRUCTIVO
Título: 

Ministerio de Trabajo dispone horario de invierno laboral en el sector público y privado

Foto ilustrativa / Ministerio de Trabajo.

A partir de este martes 21 de mayo, los servidores  públicos y trabajadores del sector  privado deben cumplir con el horario de invierno en la jornada laboral, por disposición del Ministerio de Trabajo.

De acuerdo con la instructiva, las fuentes laborales  “deberán adecuar sus horarios de ingreso y salida al horario discontinuo de lunes a viernes, de horas 09:00 a 12:30 y de 14:30 a 19:00”.

Asimismo, estos horarios deben ser publicados en sus instalaciones, con la finalidad de que el público usuario tome conocimiento de los mismos.

El Ministerio de Trabajo advirtió que el cumplimiento de esta disposición será controlado.

El horario de inverno laboral se asume en virtud al Decreto 4971, que se emitió con la finalidad de prevenir enfermedades estacionales respiratorias por las bajas temperaturas.