Gobierno limita los descuentos sindicales por planilla en el nivel central del Estado
El Gobierno determinó abrogar los decretos que permitían los descuentos por planilla para aportes sindicales en las entidades públicas del nivel central del Estado, incluyendo al magisterio y jubilados.
La decisión se enmarca en el nuevo Decreto 5654, mediante el cual se busca “proteger los sueldos, salarios y rentas de las y los servidores públicos y jubilados”, evitando así “descuentos discrecionales”.
La norma establece que únicamente podrán aplicarse descuentos por seguridad social de largo plazo, faltas, atrasos y sanciones administrativas, el Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA), retenciones judiciales por asistencia familiar y recuperaciones en favor del Estado por cobros indebidos.
Asimismo, dispone que las entidades públicas deberán dejar sin efecto cualquier descuento por planilla que no esté contemplado en esos conceptos.
La nueva norma abroga siete decretos supremos que regulaban descuentos por planilla, entre ellos el Decreto Supremo 0106 de 2009, que establecía el régimen de aportes sindicales para el magisterio. Asimismo, se derogaron artículos de otros dos decretos relacionados al tema.
Según el Decreto 5654, a partir de ahora, los servidores públicos y jubilados que deseen efectuar aportes voluntarios deberán autorizar, de manera individual, expresa, revocable y verificable, el débito directo desde su cuenta en una entidad financiera.
En el caso de los jubilados del Sistema de Reparto, el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR) únicamente podrá efectuar descuentos por seguridad social de corto plazo, asistencia familiar, recuperaciones en favor del Estado y convenios con entidades públicas del nivel central.
La norma también faculta a las entidades territoriales autónomas a adoptar medidas similares en el marco de sus competencias.
No obstante, se excluye de esta norma a las Fuerzas Armadas y a la Policía Boliviana.

