Bono Universal se paga desde este martes, primero a mayores de 50 años
El Ministerio de Economía informó que el Bono Universal de Bs 500 se pagará en entidades financieras desde este martes 5 de mayo, en el horario de 07:00 a 12:00 del mediodía, cumpliendo las restricciones de salida por cédula de identidad.
La entidad divulgó un cronograma de pago semanal, que comienza por personas mayores de 50 años.
- 1ra. Semana: Desde el martes 5 de mayo beneficiarios entre 50 a 60 años.
- 2da. Semana: Desde el martes 12 de mayo beneficiarios entre 40 a 49 años; adicionalmente podrán continuar el cobro los beneficiarios del primer grupo.
- 3ra. Semana: Desde el martes 19 de mayo beneficiarios entre 30 a 39 años; adicionalmente podrán continuar el cobro los beneficiarios del primer y segundo grupo.
- 4ta. Semana: Desde el martes 26 de mayo beneficiarios entre 20 a 29 años; adicionalmente podrán continuar el cobro los beneficiarios del primer, segundo y tercer grupo.
- 5ta. Semana: Desde el martes 2 de junio beneficiarios entre 18 a 19 años; adicionalmente podrán continuar el cobro los beneficiarios de todos los grupos anteriores.
Para cobrar se debe cumplir con el requisito de tener nacionalidad boliviana y contar con cédula de Identidad original, Libreta de Servicio Militar, Pasaporte o Licencia de Conducir.
Se habilitará una página web para consultar si una persona es beneficiaria del Bono Universal, a través de la página Bolivia Segura. En esa misma web, la persona no habilitada podrá presentar un reclamo documentado.
La vigencia de este Bono es de 90 días a partir de la fecha de inicio del pago. El cobro del es indelegable.
Exclusiones
- El Ministerio de Economía informó que las siguientes personas son excluidas del pago del Bono Universal:
- Personas que cobra el "Bono Familia". - Beneficiarios de la "Canasta Familiar".
- Los servidores públicos de todos los niveles de gobierno.
- Trabajadores del sector público y privado, verificados a partir de los aportes a febrero de 2020 de las Administradoras de Fondos de Pensiones - AFP's y/o aportes del dos por ciento (2%) del aporte patronal público y privado para vivienda.
- Los que reciben pensiones o rentas (jubilación, invalidez, viudez, benemérito, personas notables).