‘Los amparos no pueden suspender la preselección judicial’: Senado fija criterio jurídico para seguir con el proceso
El Senado, a través de su Dirección Jurídica, explicó este viernes el razonamiento jurídico con el cual pretende seguir adelante con el proceso de preselección de candidatos para las elecciones judiciales, independientemente de los amparos presentados por varios postulantes.
El planteamiento fue explicado por el director jurídico del Senado, Israel Quino, junto a los secretarios técnicos de las comisiones que llevan adelante el proceso de preselección.
Según Quino, los amparos constitucionales no son el recurso idóneo para interponer en estos casos de postulantes y suspender un proceso de elección judicial, sino lo que correspondía era un Recurso contra Resoluciones del Órgano Legislativo, figura establecida en el Código Procesal Constitucional.
Además, observó que los jueces han valorado de manera contradictoria los amparos presentados, porque en Santa Cruz ordenaron suspender el proceso, pero en La Paz ordenaron continuar. Se llegó al extremo, incluso, de un caso de una jueza de Achocalla que admitió un amparo sin tener competencia.
“Los amparos constitucionales no pueden suspender un proceso de preselección”, dijo Quino.
Acotó que la interpretación subjetiva y contradictoria de jueces demuestra una pretensión de defenestrar este proceso de elecciones judiciales.
Quino anunció que los presidentes de las comisiones expondrán este argumento en las audiencias respectivas que se harán la siguiente semana.
Anunció también que las comisiones, que llevan adelante la calificación de postulantes, en las siguientes horas confirmarán la continuidad del proceso de elección judicial, porque considera que se puede desarrollar.
“Independientemente se desarrollan estos actos, estas audiencias entre lunes y martes de la siguiente semana, el proceso debe continuar”, enfatizó.