Martín Vizcarra promulga ley que impide postular a candidatos con sentencia
TOMADO DE EL COMERCIO
El presidente Martín Vizcarra promulgó este lunes la ley de reforma constitucional que impide que postulen a cargos de elección popular aquellos que fueron sentenciados en primera instancia por delitos dolosos. Ahora, podrá aplicarse en las elecciones generales de abril de 2021.
“Al mismo tiempo debemos continuar con las reformas políticas para fortalecer la institucionalidad y democracia. Por ello, en este momento promulgo ante los peruanos la reforma constitucional que impide postular a cargos públicos a sentenciados en primera instancia para que de esta manera se garantice que en las próximas elecciones generales se presenten candidatos idóneos a fin de que la ciudadanía pueda elegir a sus próximas autoridades”, remarcó durante su pronunciamiento desde Palacio de Gobierno.
El pasado 11 de septiembre, con 111 votos a favor se ratificó en segunda votación el texto sustitutorio que impide la postulación de sentenciados en primera instancia a cargos públicos. Los votos en contra y las abstenciones salieron de Fuerza Popular y Unión por el Perú.
Aquel día, las bancadas de Alianza para el Progreso, Somos Perú, Frepap, Partido Morado, Frente Amplio, pidieron que se sometiera a votación dicha ley antes de debatir la admisión de la moción que plantea la vacancia presidencial.
Las demás bancadas como Acción Popular, Podemos Perú, UPP y Fuerza Popular respaldaron la petición para votar la ley de impedimentos, que fue aprobada en primera votación el pasado 5 de julio.
La norma modifica el artículo 34-A de la Constitución, precisando que están impedidos de postular a cargos de elección popular quienes tengan una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autores o cómplices, por delito doloso.
De igual forma cambia el artículo 39-A de la Carta Magna, a fin de establecer que dichas personas están impedidas de ejercer la función pública, mediante designación en cargos de confianza.