Proyecto de ley contra el ecocidio incorporará responsabilidad empresarial
Vía: Agencia de Noticias Ambientales (ANA)
Se entiende por ecocidio a cualquier acto ilícito o arbitrario perpetrado a sabiendas de que va a producir daños graves al medio ambiente.
La Paz, marzo de 2022 (ANA).- La responsabilidad que compete a las empresas cuya actividad provoca daños al medio ambiente será incorporada a la ley contra el ecocidio que se encuentra en proyecto, pero cuya aprobación ha despertado una férrea oposición por parte de la minería cooperativizada que inclusive llegó a bloquear la ciudad de Paz en agosto de 2021 a objeto de que no sea considerada.
El tema del ecocidio y la responsabilidad corporativa fue considerado por la abogada Paola Cortés en su intervención correspondiente a la primera jornada del segundo Simposio Internacional de Crisis Climática, Impactos Ambientales y Ecología organizado por el Centro Boliviano de Derecho Ambiental y Cambio Climático, la Voz de la Naturaleza y Amor por los Animales Bolivia (APLAB), evento que se viene desarrollando de manera virtual entre el 22 y 24 de este marzo.
Ecocidio, el quinto delito internacional
Un equipo de especialistas en derecho internacional y ambiental ha trabajado la definición de ecocidio estableciendo que ello es cualquier acto ilícito o arbitrario perpetrado a sabiendas de que va a producir daños graves al medio ambiente, “esa la definición presentada por este panel internacional con la incorporación de ese delito como crimen internacional que podría ser demandado ante la Corte Penal Internacional (CPI)”, subrayó Cortés, a tiempo de agregar que Bolivia es uno de los 123 países que ha suscrito y ratificado ese estatuto.
Dicho estatuto comprende cuatro delitos a nivel internacional: genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y crimen de agresión. Se espera que un quinto delito venga a ser el ecocidio.
Se citó algunos casos que merecen ser tipificados como ecocidio, entre ellos la pesca industrial que daña importantes ecosistemas marinos así como de otras fuentes y cursos de agua; también se consideró a los derrames de petróleo, la producción y el vertido de plásticos, la ganadería industrial que es una de las mayores causas de deforestación de la Amazonía, la agricultura intensiva con el uso de agroquímicos y monocultivos (soya, palma, etc.), la exploración y explotación de hidrocarburos, la técnica del frakking (extracción de gas fracturando la tierra a profundidad provocando contaminación de acuíferos y movimiento de tierras, entre otros), así como la extracción minera aluvial y de otra naturaleza (oro, cobre, hierro).
Responsabilidad corporativa
En tal sentido se consideró inadmisible que las empresas que promueven actividades cuyas consecuencias atentan directa y gravemente contra el medio ambiente no sean suficientemente consideradas como victimarias, pues el pago de algunas multas no compensa la vulneración perpetrada contra la biodiversidad y toda forma de vida, desde la asociación de Abogados Ambientalistas, nosotros estamos trabajando ya hace varios meses atrás en una propuesta que va a incorporar también la responsabilidad corporativa de manera clara, pero además también va a incorporar principios de derecho ambiental que no están incorporados en ninguna otra normativa, añadió Cortés, quien también es cofundadora de la asociación Boliviana de Abogados Ambientalistas (ABAA).
Este segundo simposio internacional también reunió en su primera jornada al expositor peruano Percy Grandez que consideró el tema del caso Repsol y las reparaciones que por ley esta empresa debe por su actividad extractiva. También participaron Óscar Campanini con el tema de las Transformaciones de la Minería en Bolivia y sus Impactos Ambientales y Territoriales y Vincent Vos con Gestión Integral de los Bosques Amazónicos. (VLM)