REGLAMENTA LEY 2450
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El Gobierno aprueba decreto que permite la afiliación de trabajadoras del hogar a la CNS

Una trabajadora del hogar prepara los alimentos en un domicilio de la ciudad de La Paz. Foto: La Razón-Archivo

El Gobierno aprobó este martes el Decreto Supremo 4589 que permite que las trabajadoras y trabajadores del hogar puedan afiliarse a la Caja Nacional de Salud (CNS) y de esta manera cuenten con un seguro social.

La norma reglamenta la Ley de Regulación del Trabajo Asalariado de Hogar 2450, aprobado el 9 de abril de 2003. En el artículo 9 de esa norma se establece que los trabajadores asalariados puedan afiliarse al seguro social.

Según el artículo 4 del decreto reglamentario, toda empleadora o empleador que tenga bajo su dependencia a una trabajadora o trabajador asalariado del hogar que perciba un salario mayor o igual al Salario Mínimo Nacional, debe registrarse ante la CNS previo cumplimiento de unos requisitos.

Entre estos se encuentran la presentación de un documento que tendrá calidad de declaración jurada que respalde el vínculo laboral existente; además de cumplir con los requisitos establecidos en normativa vigente de la CNS.

“Este es un reconocimiento a los derechos de nuestras hermanas y hermanos trabajadores del hogar, por todos los servicios que realizan en el día a día, en el trabajo diario”, afirmó el presidente Luis Arce durante la presentación de la norma.

A partir de la vigencia del mencionado decreto, la empleadora o empleador “afiliará a su trabajadora o trabajador asalariado del hogar en un plazo máximo de cinco (5) días, siempre y cuando la trabajadora o trabajador asalariado del hogar venga desarrollando sus actividades por un periodo igual o mayor a tres (3) meses”, señala el parágrafo I del artículo 6.

La norma señala que los empleadores deberán efectuar el pago mensual del aporte patronal equivalente al 10% del salario mensual percibido por la trabajadora o trabajador del hogar a la  CNS, en un plazo de hasta 30 días de vencido el mes correspondiente.

Otro de los aspectos que se señala es que cuando la trabajadora o trabajador asalariado del hogar fuera dado de baja en el empleo, conservará junto con sus beneficiarios el derecho a las prestaciones en especie, durante los dos meses siguientes a la fecha de la baja.