Defensoría detecta vulneración de derechos de una comunidad indígena en Guanay por la actividad minera
La Defensoría del Pueblo detectó que las actividades mineras desarrolladas por la Corporación de las Fuerzas Armadas para el Desarrollo Nacional (Cofadena) en el municipio de Guanay, La Paz, están vulnerando el derecho a un ambiente sano de la Comunidad Indígena Leco Santa Rosa de esa localidad.
La afectación a derecho al agua, vida, salud, alimentación adecuada, vivienda y educación, son otros aspectos identificados. Ante esta situación se demandó a las autoridades nacionales tomar las acciones de seguimiento, control y fiscalización de la actividad para garantizar el ejercicio de los derechos vulnerados.
Según un boletín de prensa, la Defensoría pudo verificar que la actividad minera se realiza sobre el río Mapiri y zonas colindantes, por parte de la Empresa Minera Mario Orihuela Lipa de Cofadena, dependiente del Ministerio de Defensa. La afectación advertida ocasiona un impacto negativo en la calidad de los suelos, la biodiversidad y los recursos forestales en el territorio de la comunidad denunciante.
“También identificó la interrupción del acceso al agua para toda la población, la afectación al derecho a la vivienda de cuatro personas, así como de dos terrenos, la sede social, área escolar y del espacio funerario de esa comunidad”, señala.
Santa Rosa forma parte del pueblo indígena Leco, cuyo territorio pertenece al TIOC de los Pueblos Indígenas Leco y Comunidades Originarias de Larecaja del departamento de La Paz, razón por la que goza de una protección especial por parte del Estado.
“Una actividad minera pone en riesgo su integridad física y cultural, además de vulnerar los derechos de la Madre Tierra establecidos en la Ley N° 071.”, añade.
La Defensoría del Pueblo cuestionó que el Estado no realiza “controles ni fiscalización de las actividades mineras en ese territorio”, lo que deriva en acciones de persecución y judicialización a los integrantes de la comunidad Leco Santa Rosa, así como en niveles de conflictividad con la intervención policial “, que de no subsanarse podría repercutir en una afectación severa a los derechos de los habitantes de la comunidad”.
La investigación defensorial evidenció que no existen garantías para el cumplimiento efectivo del derecho constitucional a la consulta previa de las Naciones y Pueblos Indígenas Originarios Campesinos en las áreas mineras pre-constituidas, lo que vulnera el derecho a la participación e información de las NPIOC; pero, además, su derecho a formar parte de las decisiones relativas al desarrollo mediante la extracción de recursos naturales no renovables en sus territorios, como establece el Convenio N° 169 de la OIT y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
En ese marco, notificó una serie de recomendaciones a las autoridades de la Asamblea Legislativa Plurinacional, Ministerio de Medio Ambiente y Agua, Ministerio de Minería y Metalurgia, Ministerio de Gobierno, Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM), Gobierno Autónomo Departamental de La Paz y Gobierno Autónomo Municipal de Guanay, para que asuman las acciones debidas de seguimiento, control y fiscalización de acuerdo con sus competencias.