Autorizan que jóvenes de 16 años obtengan su licencia de conducir de manera provisional

Los jóvenes de 16 años de edad cumplidos podrán obtener una autorización provisional para conducir vehículos particulares de hasta siete pasajeros, de acuerdo con el Decreto Supremo 5364, aprobado por el gabinete ministerial.
La autorización busca promover una cultura de seguridad vial en los jóvenes hasta que cumplan los 18 años, considerada la mayoría de edad, según la norma promulgada el 2 de abril.
La autorización provisional para conducir podrá otorgarse para las siguientes subcategorías: Joven Motociclista (JM) para motocicletas, triciclos y cuadriciclos; además de Joven Particular (JP) para automóviles, camionetas y vagonetas de uso particular, con capacidad de hasta siete personas incluyendo al conductor.
Mientras se encuentra vigente la licencia de conducir del joven de 16 años de edad, los padres o tutores serán “responsables civiles respecto a la o el titular de la autorización, por cualquier infracción, contravención, daño o falta”.
Para la obtención de la autorización provisional para conducir, al menos uno de los progenitores o tutores de la o el joven debe otorgar su autorización, a través de un documento y luego tramitarlo ante el Servicio General de Identificación Personal (Segip). ///agc
¿Qué requisitos necesita un joven de 16 años para obtener su licencia de conducir?
- Tener mínimamente dieciséis (16) años y ser menor de dieciocho (18) años de edad.
- Contar con la autorización de uno de los padres, guardadores o tutores establecida en el Parágrafo II del Artículo 4 del presente Decreto Supremo.
- Contar con un registro y Cédula de Identidad consolidado, digitalizado y biometrizado en el Sistema de Registro Único de Identificación – SRUI, sin observaciones.
- No tener ninguna observación pendiente, ni restricción registrada en el Segip.
- Contar con un certificado de capacitación de conducción acorde al tipo de vehículo de la subcategoría de autorización provisional para conducir solicitada, emitido por un centro de capacitación técnica privado con funcionamiento y programa autorizado por el Ministerio de Educación.
- Contar con certificado de aprobación del examen de habilidades de conducción, supervisado por el Segip.
- Certificado médico que establezca el tipo sanguíneo y la evaluación física, visual y auditiva, otorgado por una institución de salud registrada en el Segip.
- Contar con informe de evaluación psicológica que establezca su madurez, otorgado por un profesional especializado de establecimiento de salud autorizado por el Servicio Departamental de Salud – SEDES y registrado en el Segip.
- Presentar certificados de antecedentes policiales de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico – FELCN, Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen – FELCC y Tránsito.