Seguridad
Retrocedió en la admisión del caso
Juez da marcha atrás y declara improcedente demanda contra la repostulación


Lunes, 18 Febrero, 2019 - 17:21

De manera repentina, el juez Alberto Zeballos decidió dar marcha atrás en la admisión que había hecho de una Acción de Cumplimiento contra la repostulación de Evo Morales, a pesar de que ya se había convocado a una audiencia.

El juez había admitido la Acción de Cumplimiento presentada miembros de plataformas ciudadanas, pero de oficio decidió revocar esa decisión y declarar improcedente la demanda. 

El activista Eduardo Gutiérrez, uno de los demandantes, denunció que el juez violó el procedimiento, puesto que se debería haber realizado una audiencia, que ya había sido convocada para este 19 de febrero, con la finalidad de tratar el caso.

En entrevista con ERBOL, Gutiérrez señaló que esta es una muestra más de que no hay independencia de poderes. Señaló que se evitó hacer una audiencia, porque se sabía que en esas circunstancias era insostenible el argumento del Gobierno. “Es una raya más al tigre y duele”, agregó.

En su resolución, fechada el 15 de febrero, el juez argumenta que está realizando un “saneamiento” del procedimiento de oficio debido a que se omitió algunas observaciones contrarias al Código Procesal Constitucional.

Zeballos declaró improcedente la Acción de Cumplimiento en base a dos argumentos principales: el primero es que la Sentencia del Tribunal 084/2017, que permite la reelección indefinida, ya tiene calidad de cosa juzgada y no cabe revisión.

El segundo es que los accionantes deberían primero reclamar a los demandados, en este caso el Tribunal Supremo Electoral, el presidente Evo Morales y el vicepresidente Álvaro García.

En el texto se sostiene que los accionantes no probaron de forma documentada que se haya reclamado previamente a las autoridades demandadas. 

En ese entendido, a pesar de haber admitido en un inicio al Acción, ahora la declaró rechazada “in límine”, es decir desde el comienzo del proceso.

Tras conocerse la admisión, autoridades rechazaron la Acción de Cumplimiento bajo el argumento de la sentencia 084/2017 ya era cosa juzgada. El diputado Sergio Choque incluso anunció un proceso disciplinario contra el juez por haber admitido la demanda.

La Acción de Cumplimiento se planteó contra el Tribunal Supremo Electoral (TSE), el presidente Evo Morales y el vicepresidente Álvaro García Linera, para que cumplan el artículo 7 de la Constitución Política del Estado, el cual dispone que la soberanía reside en el pueblo boliviano, se ejerce de forma directa y delegada”, pero además “es inalienable e imprescriptible”.

Según la demanda, la voluntad del pueblo se expresó en los referendos en que se aprobó la Constitución y se ratificó el artículo 168, por lo cual el Tribunal Constitucional no puede pasar por encima de esa decisión.

Parte resolutiva de la resolución