Política
Vocales se guardaron apelaciones en Chuquisaca
TSE constata irregularidades en el TED, pero ratifica sus resultados


Jueves, 16 Abril, 2015 - 21:29

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) identificó irregularidades que cometieron los vocales del Tribunal Departamental Electoral (TED) de Chuquisaca  para hacer inútiles las apelaciones contra la exclusión de 9.070 votos que obtuvo el Frente Revolucionario de Izquierda (FRI). Sin embargo, la Sala Plena del ente nacional permitió que se consolidarán los resultados que dan la victoria a Esteban Urquizu del Movimiento Al Socialismo (MAS), en primera vuelta de las elecciones para gobernador.          

“Se guardaron las apelaciones”, indicó la presidenta del TSE, Wilma Velasco.

Explicó que los vocales chuquisaqueños aprobaron el acta de cómputo favorable al MAS en la madrugada del lunes 13 de abril y después enviaron la apelaciones al ente nacional, cuando el procedimiento debió ser al revés.

De acuerdo al artículo 180 de la Ley del Régimen Electoral, el TSE está encargado de resolver recursos de apelación antes de la aprobación del acta de cómputo departamental por parte del Tribunal Electoral Departamental correspondiente.

La última resolución del TSE se basó en ese artículo, que lo inhabilita para resolver las apelaciones una vez que el acta de cómputo departamental ya se aprobó. De esa manera, permitió que consumara la victoria del MAS en primera vuelta.   

Velasco recordó que los tribunales departamentales de La Paz y Santa Cruz esperaron que el TSE resolviera las apelaciones antes de terminar su cómputo y lamentó que, por el contrario, el TED de Chuquisaca haya hecho el procedimiento a la inversa.

La Presidenta del TSE se declaró molesta e indignada.

Ella y su colega Ramiro Paredes advirtieron que el TED dejó en indefensión a los apelantes. “Todos estos recursos que presentaron al TED debieron pasar a conocimiento inmediato del TSE”, agregó el vocal.

Cronología de irregularidades

Velasco relató cómo el TED de Chuquisaca incurrió en iregularidades.

La resolución 061/2015
 
El 26 de marzo, tres días antes de las elecciones, el TED emitió la resolución 061/2015, en la cual dispuso que los votos para organizaciones políticas cuyo candidato renunció sean tomados en cuenta sólo para fines estadísticos.

Esa resolución recién se notificó a los partidos el 7 de febrero. Ese retraso u omisión implica responsabilidad de los vocales del TED, a juicio de la presidenta del TSE.     

La apelación del FRI 

El 9 de abril, el delegado del FRI apeló la resolución 061/2015.

El TED no envió esta apelación al TSE sino hasta el 13 de abril, cuando ya estaba consolidado el cómputo departamental.

La apelación de CST

La agrupación Chuquisaca Somos Todos (CST), que debió ir a segunda vuelta con el MAS, presentó una apelación el mismo 13 de abril. El abogado que hizo la demanda, Sergio Conde, aseveró que esa presentación se la realizó en el acto en que el TED brindó los resultados del cómputo favorable al MAS. 

Ese recurso llegó al TSE el 14 de abril.

Preclusión

Los vocales del TSE argumentaron que no pueden cambiar el cómputo del TED en respeto al principio de preclusión, mediante el cual las etapas del proceso no se pueden revisar.     

El inciso k) del artículo 2 de la Ley 026 señala que la preclusión es uno de los principios de nuestra democracia, y que ésta consiste en que “las etapas y resultados de los procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato, no se revisarán ni se repetirán”.
 
El viaje de Ovando

El vicepresidente del TSE, Wilfredo Ovando, reconoció que estuvo en Sucre, pero negó que se haya reunido con los vocales del TED.

Afirmó que viajó para inspeccionar el proceso de empadronamiento para el referéndum antinómico y que se reunió con el responsable del Servicio de Registro Cívico.

División sobre sanciones a los vocales del TED

Los vocales Velasco, Paredes y Fanny Rivas votaron para someter a los vocales del TED de Chuquisaca a un proceso disciplinario, sin embargo, sus colegas Irineo Zuna, Marco Ayala y Ovando respaldaron que la sanción sea pecuniaria: tres multas de tres días de haber.

Al existir empate de votos, no hubo mayoría para asumir una sanción.

Velasco reveló que se habló incluso de que los vocales departamentales incurrieron en faltas muy graves, dispuestas en la Ley 018. La sanción para estas violaciones es la destitución del cargo.   

Repercusiones

El electo alcalde de La Paz, Luis Revilla, recordó que los actas suscritas por jurados electorales ya clasificaron como válidos los votos del FRI y que, en ese caso, también debió respetarse el principio de preclusión. 

“No se puede argumentar preclusión para unas etapas y para otras no. El Órgano Electoral necesita una reingeniería para que deje de hacer tanto daño  a nuestra democracia”, dijo.

En esa línea, la jefa de Bancada de Unidad Demócrata en Diputados, Jimena Costa, manifestó que “lo más grave es que se está pisoteando el principio de preclusión que es la base de la democracia. Se supone que los ciudadanos deben elegir a las autoridades y los ciudadanos son los que, como jurados, sellan las actas en sobres y nadie puede modificar esas actas”.

Por el contrario, el diputado masista Javier Zabaleta indicó que los vocales que deban ir a responder a la justicia son los que permitieron que el cómputo sea publicado incluyendo los votos del FRI como válidos.

Afirmó que esas “chambonadas han hecho entender otras cosas”.
  
Para el diputado opositor Óscar Urquizu la actitud del TSE “es una lavada de manos al mejor estilo de Poncio Pilatos, porque el Tribunal no ingresa al fondo del asunto. El ciudadano quiere saber cuándo su voto es válido y cuándo es con fines estadísticos”.