Indígenas
Municipio de Ixiamas
Colonos queman casas de indígenas tacanas para copar tierras forestales
Así quedaron algunas casas de los tacanas. Fotos/Etaca tv

Martes, 17 Octubre, 2017 - 16:19

Cerca de unos 800 personas afiliadas a la Federación Única de Trabajadores Campesinos de La Paz y a los Interculturales, avasallaron ayer tierras de los indígenas tacanas y procedieron a la quema de al menos seis casas con el fin de apoderarse de tierras forestales, sin considerar que por efecto de un decreto supremo, nadie puede asentarse en las reservas de la Provincia Iturralde al norte del departamento paceño.

De acuerdo a un informe al que accedió Erbol, ese grupo de personas ingresó al sector de Tarene Chico, cerca de la comunidad Tahua, donde existe un área forestal denominado exProinsa, una concesión forestal abandona hace muchos años.

Un funcionario municipal de Ixiamas explicó que el objetivo de no solamente de colonos, sino también mineros, es copar el área para la explotación de reservas forestales, tala de madera almendrillo, muy cotizada en el mercado  y luego abandonar el lugar, sin tener autorización del INRA y menos de la Autoridad de Bosques y Tierras (ABT).

El avasallamiento motivó que este martes se reúna el Consejo Indígena del Pueblo Tacana para hacer una representación ante el municipio de Ixiamas para elevar denuncia formal ante la ABT y el INRA, considerando la prohibición expresa de asentamientos humanos en ese lugar.

Aclaró que el INRA ni la ABT puede conceder terrenos ni permisos porque por efecto del decreto supremo 23022, la provincia está inmovilizada, por tanto, nadie que no sea indígena, puede tener terrenos.

Estiman que el  área pretendida por los colonos, mineros e interculturales es de aproximadamente 8.000 hectáreas y por ese motivo los tacanas y las autoridades municipales iniciaron acciones ante la ABT para poner a buen recaudo la reserva forestal.

El artículo 5° del Decreto Supremo Nº 23022, 23 de diciembre de 1991,  promulgado por el expresidente, Jaime Paz Zamora, prohibía toda otorgación o concesión de tierras con fines agropecuarios o colonización, en las áreas clasificadas por el presente decreto supremo.

Sin embargo el Decreto Supremo Nº 25675, 11 de febrero de 2000 del presidente Hugo Banzer, levantó la prohibición dispuesta por el artículo 5 y adicionalmente señala que "las tierras comprendidas al interior de los polígonos 2 y 5, con una superficie total de 18.417, 0000 Has., serán objeto de distribución a través de programas de asentamientos humanos. Los titulares de las posesiones identificadas en el interior del polígono 4, con una superficie total de 14.451, 0000 Has., podrán adquirir su derecho de propiedad bajo las modalidades de distribución previstas para el proceso de saneamiento que el Instituto Nacional de Reforma Agraria ejecuta".

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